El salario está protegido
La Ley Federal del Trabajo protege el salario y, en su artículo 110, enumera de forma limitada los descuentos que se pueden hacer. Si una deducción no está en esa lista o no cumple sus condiciones, no debe aplicarse. Descontar por “multas”, “mermas”, “faltantes de caja” o castigos de la empresa sin sustento legal es una práctica indebida.
Los descuentos que sí pueden aplicarse
| Concepto | Regla general |
|---|---|
| Deudas con el patrón (anticipos de salario, pagos en exceso, errores, pérdidas, averías) | El total exigible no puede superar el salario de un mes y el descuento no puede ser mayor al 30% del excedente sobre el salario mínimo |
| Cuotas sindicales | Las que establezcan los estatutos y estén autorizadas |
| Pensión alimenticia | La que ordene la autoridad competente |
| Crédito de vivienda (Infonavit) | En general, hasta el 20% del salario |
| Préstamos Fonacot | En general, hasta el 20% del salario |
| Cuotas de cajas de ahorro o de seguridad social | Cuando la persona trabajadora lo haya aceptado y conforme a la ley |
Los porcentajes exactos y las condiciones pueden variar según el tipo de crédito y las reformas vigentes, por lo que conviene confirmarlos para tu caso. A esta lista se suman las retenciones de ISR y las cuotas del IMSS, que se explican en las guías de ISR mensual y salario diario integrado.
Ejemplo: descuento por una deuda con el patrón
Una persona gana $500 diarios y recibió un anticipo que debe devolver. El salario mínimo general de 2026 es de $315.04.
Además, la deuda total que se puede exigir por esos conceptos no puede ser mayor al salario de un mes. Para entender de dónde sale el salario mínimo vigente, consulta la guía de salario mínimo y UMA 2026.
Descuentos que conviene cuestionar
- Multas por llegar tarde, castigos o sanciones económicas impuestas por la empresa.
- Descuentos por herramienta, uniforme o equipo que se te asigna para trabajar, salvo supuestos legales específicos.
- Descuentos por faltantes de caja o inventarios sin proceso que demuestre responsabilidad.
- Retenciones sin recibo que las identifique.
- Descuentos que reducen tu salario por debajo del mínimo.
Qué hacer si te descuentan de más
- Pide por escrito el concepto y el fundamento del descuento.
- Compara con tus recibos de nómina y con lo que estás obligado a pagar por contrato.
- Guarda tus recibos y cualquier mensaje donde se justifique la deducción.
- Si no se corrige, pide orientación a PROFEDET y revisa la guía de qué hacer si no te pagan lo que te corresponde, que explica el camino de la conciliación y los plazos.
Esta guía es informativa y no sustituye asesoría legal individual.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo.
- Infonavit: información para personas trabajadoras.
- PROFEDET: orientación laboral gratuita.
Contenido redactado por Karla Patricia Hernández y revisado por la Lic. Natali Rivera Juárez, con fines educativos; no constituye asesoría legal ni fiscal individual.