El derecho a participar en las utilidades
El reparto de utilidades es un derecho laboral ligado a las ganancias del ejercicio anterior. El SAT explica que, de forma general, el reparto corresponde al 10% de las ganancias netas de la empresa privada. Sin embargo, no es posible conocer una cantidad individual con solo multiplicar el salario: se requiere el total repartible, los días trabajados y los salarios considerados por la empresa.
La PTU no equivale a un bono voluntario. Cuando existe obligación de reparto, el patrón debe contar con elementos para elaborar el proyecto correspondiente. Por eso es razonable pedir un desglose si recibes una cifra sin explicación.
¿Quién puede recibir PTU?
PROFEDET señala que pueden tener derecho las personas trabajadoras de base, eventuales y extrabajadoras que hayan laborado al menos 60 días durante el año que se reparte. Si cambiaste de empleo, conserva tus recibos y la evidencia de la relación laboral: haber salido de la empresa no elimina automáticamente el derecho.
También hay reglas y exclusiones que deben revisarse. Directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas y prestadores de servicios por honorarios sin relación laboral no participan. Algunas empresas o empleadores pueden estar exceptuados en los supuestos previstos por la ley.
Fechas de pago en 2026
Para quienes trabajan para una empresa, PROFEDET informa un periodo de pago del 1 de abril al 30 de mayo. Cuando el patrón es una persona física, el periodo es del 1 de mayo al 29 de junio. Si no recibiste PTU, busca orientación cuanto antes: de manera general, PROFEDET indica un año para reclamar prestaciones no pagadas, aunque los hechos de cada caso importan.
Cómo se distribuye el monto
La cantidad repartible se divide en dos mitades. Una mitad se asigna de acuerdo con los días trabajados; la otra se distribuye conforme al salario percibido. La comisión mixta prepara el proyecto de reparto. Esto explica por qué dos personas pueden recibir montos diferentes aun cuando trabajen en la misma empresa.
Por ejemplo, quien trabajó más días puede aumentar su participación en la primera mitad, mientras que quien tuvo mayor salario puede tener una porción distinta en la segunda. Existen además reglas especiales para salarios variables, personal de confianza y límites individuales, por lo que el recibo debe mostrar cómo se llegó al resultado.
Qué revisar si no recibiste utilidades
- Confirma el nombre del patrón y el periodo que trabajaste durante el ejercicio anterior.
- Guarda contrato, recibos de nómina, altas y bajas, y comprobantes de pago.
- Pregunta si se publicó el proyecto de reparto y solicita el desglose de días y salario considerados.
- No firmes recibos que no hayas leído ni envíes documentos sensibles por correo a sitios no oficiales.
- Si existe desacuerdo, consulta a PROFEDET con tus documentos.
Esta guía es educativa. No sustituye la revisión individual de la declaración, el proyecto de reparto ni la asesoría laboral aplicable a tu caso.
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Fuentes oficiales
Contenido redactado por Karla Patricia Hernández y revisado por la Lic. Natali Rivera Juárez, con fines educativos; no constituye asesoría legal ni fiscal individual.